Decretos 1474 y 150 de Colombia: qué establecen y en qué estado están

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La Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto Legislativo 1474 de 2025 en la Sentencia C-079/26, comunicada el 15 de abril de 2026. El Decreto 150 de 2026 pertenece a otra emergencia y la Corte lo declaró exequible, con condiciones, en la Sentencia C-191/26, comunicada el 24 de junio de 2026. Los dos decretos no comparten declaratoria.

Ficha de la norma

CampoDecreto Legislativo 1474 de 2025Decreto Legislativo 150 de 2026
ActoDecreto Legislativo 1474 del 29 de diciembre de 2025, medidas tributarias al amparo del Decreto 1390 de 2025Decreto Legislativo 0150 del 11 de febrero de 2026, declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en parte del territorio nacional
ÓrganoPresidente de la República; control de la Corte ConstitucionalPresidencia de la República; control de la Corte Constitucional
Fecha de publicaciónExpedido el 29 de diciembre de 2025Diario Oficial No. 53.395 de 11 de febrero de 2026
Fecha de vigenciaProdujo efectos entre el 30 de diciembre de 2025 y el 28 de enero de 2026Rige a partir de la fecha de su publicación
Estado al 04/11/2026Inexequible (Sentencia C-079/26, comunicada el 15/04/2026)Exequible con condiciones (Sentencia C-191/26, de 24/06/2026)
CambioRetirado del ordenamiento jurídico; efectos moduladosÁmbito territorial de 181 municipios; tres materias excluidas
FuenteComunicado 15 de la Corte; Auto 084 de 2026Comunicado 22 de la Corte; compilación de la Cancillería

El Decreto Legislativo 1390 declaró el Estado de Emergencia Económica en todo el territorio nacional por treinta (30) días calendario. El Decreto Legislativo 1474 del 29 de diciembre de 2025 adoptó medidas tributarias para atender gastos del Presupuesto General de la Nación. La Corte mencionó el impuesto al patrimonio, el impuesto complementario de normalización tributaria, el incremento del impuesto sobre la renta para el sector financiero y la no deducibilidad de regalías. Mencionó también las reducciones de sanciones, las conciliaciones y los impuestos indirectos pagados entre el 30 de diciembre de 2025 y el 28 de enero de 2026. El 29 de enero de 2026 el Auto 084 dispuso que el 1474 no produjera efectos. El 9 de abril de 2026 la Sentencia C-075/26 declaró inexequible el 1390: siete de los ocho hechos invocados no acreditaron el carácter sobreviniente, extraordinario e imprevisible.

El Decreto 150 del 11 de febrero de 2026 declaró una emergencia distinta, en ocho departamentos, por treinta (30) días calendario. La Corte declaró exequible su artículo 1, salvo los hechos relativos a la crisis financiera de las empresas de energía eléctrica, a las facultades de la Agencia Nacional de Tierras y a la actualización de los POMCA. Condicionó el ámbito territorial a 181 municipios con afectaciones según la UNGRD. Ordenó al Ministerio de Hacienda recalcular el costo total de la emergencia. La compilación de la Cancillería marca el Decreto 150 como derogado desde el 13 de marzo de 2026; la nota de vigencia no indica el motivo ni el acto que lo deroga.

Registro de cambios

  • 29 de diciembre de 2025: se expide el Decreto Legislativo 1474.
  • 29 de enero de 2026: el Auto 082 suspende el Decreto 1390; el Auto 084 dispone que el 1474 no produce efectos.
  • 9 de abril de 2026: la Sentencia C-075/26 declara inexequible el Decreto 1390.
  • 15 de abril de 2026: la Sentencia C-079/26 declara inexequible el Decreto 1474 y modula sus efectos (véase la tabla).
  • 24 de junio de 2026: la Sentencia C-191/26 declara exequible el Decreto 150 con condiciones.

Valoración de la redacción

Los puntos siguientes no se desprenden de los actos y son una valoración de la redacción.

  • El 1474 y el 150 se tratan por separado porque pertenecen a declaratorias distintas.
  • Las sentencias C-075, C-079 y C-191 se citan por los comunicados de la Corte; el alcance de la modulación depende del texto íntegro de la sentencia.
  • Los comunicados no indican la fecha de notificación de la C-079/26; sin ella, el plazo de treinta (30) días de la DIAN queda sin fecha.

Resumen en tabla

Qué verificarValorFuente
Declaratoria del Decreto 139022 de diciembre de 2025, por treinta (30) días calendario; inexequible en la C-075/26 del 9 de abril de 2026Comunicado 14
Decreto 147429 de diciembre de 2025; inexequible en la C-079/26, comunicada el 15 de abril de 2026Comunicado 15
Periodo con efectos del 1474Del 30 de diciembre de 2025 al 28 de enero de 2026Comunicado 15
Impuestos directosNo son objeto de declaración, liquidación o cobro por parte de la DIAN; se devuelven los pagados anticipadamenteComunicado 15
Impuestos indirectosSe devuelven a quien materialmente pagó y lo acredite; la DIAN aplica los mecanismos dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificaciónComunicado 15
Situaciones consolidadasLa decisión no afecta a los titulares de beneficios tributarios consolidados hasta el 28 de enero de 2026Comunicado 15
Decreto 15011 de febrero de 2026; Diario Oficial No. 53.395; ocho departamentos; treinta (30) días calendarioCancillería
Sentencia C-191/2624 de junio de 2026; exequible con condicionesComunicado 22
Ámbito territorial del 150181 municipios con afectaciones según la UNGRDComunicado 22
Materias excluidas del 150Crisis financiera de empresas de energía eléctrica; facultades de la Agencia Nacional de Tierras; actualización de los POMCAComunicado 22
Fecha de notificación de la C-079/26No consta en el comunicadoComunicado 15

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