El 9 de abril de 2026 la Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025, que declaró la emergencia económica. El 15 de abril de 2026 la Sentencia C-079 declaró inexequible, por consecuencia, el Decreto Legislativo 1474 de 2025. La suspensión provisional de enero pasó a decisión de fondo.
Alerta de vigencia
Rige desde: 9 de abril de 2026 (C-075/26) y 15 de abril de 2026 (C-079/26). Estado al 16 de octubre de 2026: ambos decretos inexequibles. Fuente primaria: Comunicado 14 y Sentencia C-079 de 2026.
Qué cambia
La Sentencia C-075/26 declaró inexequible el Decreto Legislativo 1390, que había declarado la emergencia «por el término de treinta (30) días calendario». La Corte halló que siete de los ocho hechos invocados no acreditaron el carácter sobreviniente, extraordinario e imprevisible. La C-079 califica esa decisión de inexequibilidad pura y simple, con efectos ex nunc.
El Decreto Legislativo 1474 se expidió el 29 de diciembre de 2025. El Auto 084 del 29 de enero de 2026 dispuso que no produciría efectos hasta la decisión definitiva.
La C-079 ordena que los impuestos directos causados mientras el decreto produjo efectos no sean objeto de declaración, liquidación o cobro por la DIAN, y que se devuelvan los pagados anticipadamente. Los indirectos se devuelven a quienes acrediten el pago material; la DIAN aplicará mecanismos legales «dentro de los treinta (30) días siguientes» a la notificación. Se mantienen las situaciones jurídicas consolidadas de quienes acreditaron las condiciones para los beneficios tributarios.
Qué no cambia
El Comunicado 14 declara que el Decreto Legislativo 044 de 2026 continuará sin producir efectos hasta una decisión definitiva sobre su constitucionalidad. Esa decisión llegó después: la Sentencia C-115 de 2026, del 6 de mayo de 2026, declaró inexequible, por consecuencia, el Decreto Legislativo 44 del 21 de enero de 2026, sobre el servicio de energía eléctrica.
El Decreto 150 de 2026 corresponde a otra emergencia. El Comunicado 22 del 24 de junio de 2026 informa que la Corte lo declaró exequible, con condiciones, y circunscribe su ámbito territorial a 181 municipios.
Plazo de la DIAN
La C-079 dispone que la DIAN aplicará los mecanismos legales «dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación de esta sentencia». El texto de la sentencia no indica la fecha de notificación.
Valoración de la redacción
Los puntos siguientes no se desprenden de los actos y son una valoración de la redacción.
- La suspensión provisional ya no describe el estado: rige la inexequibilidad.
- Los Decretos 1390 y 150 comparten el nombre «emergencia económica» y se distinguen solo por número.